Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0039/2012-RCA-SL
Fecha: 17-Ago-2012
I.3. Petitorio
Solicita se admita la acción y “…se disponga el cumplimiento de los arts. 514, 517 y 518 del CPC; con la ejecución coactiva de la sentencia ejecutoriada sin dilación y suspensión alguna, y sea con la imposición de la reparación de daños y perjuicios en aplicación de los arts. 113. I de la CPE y art. 91-IV de la LTC y el Auto Constitucional 0003/2010-ECA de 29 de marzo…”.
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- improcedencia in
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- II.2. Causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- en razones de economía procesal y en el mandato de justicia pronta y oportuna
- evitar el inicio de un procedimiento que carezca de los elementos básicos
- Fragmento 9
- II.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR