AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2012-RCA-SL

Fecha: 17-Ago-2012

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El accionante solicitó tutela de los derechos de su representado a la defensa y al debido proceso, contenidos en los arts. 14.IV, 115.II y 117.I de la CPE; sin embargo, el Juez de garantías declaró improcedente in limine la acción de amparo constitucional, por lo que corresponde que la Comisión de Admisión, en revisión dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional.