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    AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2012-RCA-SL
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2012-RCA-SL

    Fecha: 17-Ago-2012

    improcedencia in limine y rechazó

    Consiguientemente, se concluye que el accionante dio cumplimiento a los requisitos exigidos por el art. 97.I y IV de la tantas veces aludida Ley, no siendo evidente lo extrañado por el Juez de garantías, por lo que al haber declarado la improcedencia in limine y rechazó la acción de amparo, no actuó correctamente.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • a)
    • I.3. Petitorio
    • “…improcedencia in limine y rechaza…”
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • II.1.  Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones   tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
    • II.2.  Requisitos de contenido de la acción de amparo constitucional
    • 1.- Acreditar la personería del accionante
    • Willams Ricardo Gutiérrez Rojas
    • 2.-   Precisar los derechos o garantías que se consideren restringidos, suprimidos o amenazados
    • improcedencia in limine y rechazó
    • POR TANTO

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