Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0120/2012-RCA
Fecha: 01-Ago-2012
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
La accionante considera vulnerado sus derechos y garantías, ser el derecho a la vida, a la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo y de los progenitores hasta que la hija o el hijo cumplan un año de edad, establecidos en los arts.15.I y 48.VI de la CPE. Sin embargo, al haberse rechazado in limine la acción de amparo constitucional, corresponde, que la Comisión de Admisión en revisión, dilucide si tal Resolución se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional.
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- RECHAZÓ in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 6
- II.1. Revisión de las resoluciones de rechazo e improcedencia in limine por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en las acciones de defensa
- no procederá
- improcedencia
- en razones de economía procesal y en el mandato de justicia pronta y oportuna,
- evitar el inicio de un procedimiento que carezca de los elementos básicos
- II.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR