AUTO CONSTITUCIONAL 0123/2012-RCA
Fecha: 10-Ago-2012
II.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
Así, conforme lo ha señalado la SC 0002/2012 de 13 de marzo, emitida por éste Tribunal, la acción de amparo “…es un mecanismo de defensa jurisdiccional, eficaz, rápido e inmediato de protección de los derechos fundamentales y garantías constitucionales, cuyo ámbito de protección se circunscribe respecto de aquellos derechos fundamentales y garantías, que no se encuentran resguardados por los otros mecanismos de protección especializada que el mismo orden constitucional brinda a los bolivianos, como la acción de libertad, de protección de privacidad, popular, de cumplimiento, etc. Asimismo, desde el ámbito de los actos contra los que procede, esta acción se dirige contra aquellos actos y omisiones ilegales o indebidos provenientes no sólo de los servidores públicos sino también de las personas individuales o colectivas que restrinjan o amenacen restringir los derechos y garantías objeto de su protección”.
En este orden, la acción de amparo es una garantía que tiene por objeto la protección inmediata y eficaz de los derechos fundamentales o garantías constitucionales restituyéndolos en los casos en los que sean amenazados, suprimidos o restringidos por actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos o de persona individual o colectiva, siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para su protección; constituyéndose, en un mecanismo jurisdiccional de protección de derechos y garantías fundamentales, de tramitación sumarísima, por lo tanto de protección inmediata, exenta de dilaciones que puedan afectar su prosecución y sustanciación que impidan el pronunciamiento de la resolución en un plazo breve.
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- rechazó in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 10
- , a los requisitos de admisión
- Fragmento 12
- II.4. Análisis de los requisitos de procedencia de la acción de amparo constitucional
- II.5. Análisis de los requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- En cuanto a los requisitos de forma previstos en el art. 77 numerales 1, 2 y 5 de la LTCP
- a) Exponer con claridad los hechos