AUTO CONSTITUCIONAL 0132/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0132/2012-RCA

Fecha: 24-Ago-2012

II.3. Análisis del presente caso

El Tribunal de garantías, por Resolución 020/2012, pronunciada por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, rechazó in limine la acción de amparo bajo el argumento que, los accionantes en representación de la Cooperativa de Consumo “CLUB DEPORTIVO FERROVIARIO LA PAZ LTDA.”, incumplieron el art. 77.1, 2, 3 y 6 de la LTCP y pretenden una nueva valoración por el Tribunal de garantías de la prueba aportada por los accionantes, lo que no coincide con lo alegado por el accionante al señalar que, la inaplicabilidad de normas procesales del Código de Procedimiento Penal de 1972, garantizaban su derecho a ser resarcido por los daños provocados por la comisión del delito, con la fianza calificada al sentenciado, y la inaplicabilidad de las mismas vulneran sus derechos “al debido proceso; a la defensa; a una justicia plural, pronta, oportuna, transparente y sin dilaciones” .