Sentencia: 0649/2012 de 2 de agosto de 2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0649/2012 de 2 de agosto de 2012

Fecha: 02-Ago-2012

medida de hecho

        En el caso de examen, efectivamente se está frente a una medida de hecho o justicia a mano propia, puesto que de acuerdo a la documentación adjunta al expediente se establece que la parte demandada trató con anterioridad de convencer a la familia del accionante que firmarán un reglamento de uso del paso común, mediante el cual se incorporaba la aprobación de que dicho paso común pueda ser utilizado como garaje, además, entre otros puntos, se trataba de limitar el derecho propietario de Mario Diego Vilar Gantier, prohibiendo el uso de su inmueble para otro fin que no sea vivienda; mas, al no conseguirlo, conforme señaló la propia demandada (Isabel Flores Vda. de Castro) ante la Notaria de Fe Pública a fs. 22, “…su vehículo se encontraba estacionado en su propiedad y que como no quisieron arreglar a las buenas, el vehículo estará estacionado en el paso” (sic), circunstancias que no pueden pasar desapercibidas dado que las mismas limitan los derechos de Mario Diego Vilar, quien se ve impedido de ejercer sus derechos a la propiedad, al libre ingreso por el paso común y a que se concrete su derecho a la vivienda.