SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0654/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0654/2012

Fecha: 02-Ago-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alega que, se vulneraron sus derechos a la defensa, al debido proceso, a la publicidad, a la petición, al juez natural, la garantía de la igualdad y los principios de legalidad y de seguridad jurídica, señalando que, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a querella de Claudia Rossio Villagómez Dávalos en su contra, la Fiscal de Materia que conoció la causa, mediante requerimiento conclusivo de 12 de noviembre de 2009, emitió el sobreseimiento a favor del accionante, el cual fue impugnado por la víctima el 20 del mismo mes y año, siendo remitido al Fiscal Departamental mediante providencia de 23 de noviembre de 2009, y dicha autoridad por la Resolución 546 de 21 de enero de 2010, revocó el sobreseimiento que favorecía al accionante, pero dicho fallo fue emitido cuando el Fiscal gozaba de sus vacaciones; y además, el referido Fiscal incurrió en omisión indebida porque no revisó el procedimiento defectuoso de la actuaciones del inferior, que los mismos no fueron notificados como manda la ley, con el fin de que el accionante tenga la oportunidad de presentar sus argumentos de defensa; y finalmente, promovió el incidente de actividad procesal defectuosa ante la Jueza de la causa, solicitando que se anule todo lo obrado hasta el vicio mas antiguo, el cual fue rechazado por Auto de 23 de febrero de 2010. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.