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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0719/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0719/2012

    Fecha: 13-Ago-2012

    II.2.

    II.2.  La accionante el 19 de diciembre de 2009, mediante carta notariada dirigida a Edwin Jara Callau, solicitó e intimó a desocupar y hacer entrega física de la propiedad que ocupa, toda vez que requeriría ser demolido por el deterioro sufrido; asimismo, el codemandado Benjamín Jare Callau mediante nota de 22 de marzo del 2010, solicitó a la Dirección Departamental del INRA, el saneamiento de su predio (fs. 34 y 35).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.Requisitos que deben cumplir las medidas de hecho, a efectos de ser denunciadas en una acción de amparo constitucional
    • Fragmento 12
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • III.4.Actuación del Tribunal de garantías
    • APROBAR

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