SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0734/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0734/2012

Fecha: 13-Ago-2012

concedió

Concluida la audiencia, el Juez de Partido Mixto y de Sentencia Penal, Niñez y Adolescencia, Seguridad Social y Trabajo de Caracollo del Distrito Judicial -ahora departamento- de Oruro, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 47/2010 de 15 de junio, cursante de fs. 30 a 31 vta., por la que concedió la tutela, disponiendo: i) Dejar sin efecto la orden de citación COCM-03/2010 de 15 de mayo; y, ii) Las partes que tengan documento legal deben recurrir a la vía que corresponda sobre el derecho propietario; bajo los siguientes fundamentos: a) Admitida la demanda, se dispuso la realización de audiencia, la misma que una vez instalada, previo informe de encontrarse las partes y el Fiscal, se inició el desarrollo de la misma; b) En audiencia el “recurrente” presentó en calidad de pruebas, la orden de notificación para su desalojo, ejecutorial de ley de la comunidad Sajama a nombre de Natalio Choque Villca, testimonio del proceso agrario referente a la propiedad Sajama, declaratoria de herederos y minuta de transferencia de la estancia Jocopeque, con lo que demostró su derecho propietario; y, c) La acción de amparo constitucional otorga protección inmediata contra actos ilegales y omisiones indebidas de funcionarios que restrinjan supriman o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de las personas, siempre que no hubiere otro medio o vía legal idónea para su protección, para el caso presente, existe una excepción conforme lo señalado por la SC “944/2002” de 5 de agosto.