SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0738/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0738/2012

Fecha: 13-Ago-2012

a)

Fernando Orellana Medina, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del Departamento de Santa Cruz de la Sierra, en audiencia, manifestó que: a) La recarga laboral de su Juzgado es muy elevada, tiene audiencias de cesación para julio y esa es la realidad de su despacho y no es porque se esté haciendo en forma abusiva y arbitraria, situaciones que se van en contra de la ley o en contra de la libertad de una persona; b) El informe del auxiliar dice se “suspendió” (sic) la audiencia, no dice se “suspende” (sic); c) En la fecha señalada de cesación a la detención preventiva, una vez terminada una anterior, el secretario que está en suplencia tenia otra de imputación formal con detenido en el Juzgado donde es titular y por esa razón no pudo realizar la misma por la falta de Secretario; d) No pudo instalar la audiencia con el Auxiliar cuando el mismo tiene atribuciones específicas, para ser Secretario se requiere ser abogado; e) Se están señalando audiencias en función al rol del Juzgado; y, f) Ahora recién son diez jueces, y se esta organizando una situación irregular que tenía Santa Cruz en materia penal, deberíamos tener cincuenta jueces de instrucción en lo penal para atender al departamento.