SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0740/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0740/2012

Fecha: 13-Ago-2012

c) Se suspende la audiencia de consideración, por causas o motivos que no justifican la suspensión, ni son causales de nulidad. Tal el caso de la inasistencia del representante del Ministerio Público

         Por su parte, corresponde recordar que la SC 0078/2010-R, estableció sub reglas, señalando que se considera acto dilatorio en el trámite de la cesación a la detención preventiva cuando: “c) Se suspende la audiencia de consideración, por causas o motivos que no justifican la suspensión, ni son causales de nulidad. Tal el caso de la inasistencia del representante del Ministerio Público (…). En el caso del Ministerio Público al estar regido por el principio de unidad tiene los medios para asistir a través de otro fiscal …” (el resaltado nos corresponde).