SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0760/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0760/2012

Fecha: 13-Ago-2012

concedió

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución de 6 de junio de 2012, cursante de fs. 86 a 90 vta., concedió la tutela, disponiendo que las Autoridades demandadas, cumpliendo con lo previsto por el art. 245 del Código de Procedimiento Penal (CPP), expidan los mandamientos de libertad a favor de los accionantes, en base a los siguientes argumentos: 1) De los actuados se evidencia que, José Manuel Chalar Taboada y José Miguel Chalar Vargas, han cumplido con el ofrecimiento de fianza, empero los Jueces demandados de manera innecesaria e injustificada no han dispuesto la emisión del correspondiente mandamiento de libertad, toda vez que el reclamo de una posible falsedad de valor catastral del inmueble aceptado en fianza, corresponde ser considerado en la vía llamada por ley, pero no puede ser motivo para impedir la emisión de los referidos mandamientos, mas aún si se considera que la parte acusadora a denunciado penalmente a los accionantes, sus abogados y los propietarios del inmueble de referencia, y ha formulado recurso de apelación incidental contra el Auto que acepta el ofrecimiento de fianza; y, 2) No es posible que entre tanto se resuelva una apelación o que la misma sea desistida, se lleve adelante una audiencia para considerar la revocatoria, menos supeditar la extensión de los mandamiento de libertad a las emergencias de estos actos; situación que no puede ser justificada en el recelo infundado de los jueces demandados.