SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0781/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0781/2012

Fecha: 13-Ago-2012

a)

El accionante mediante su abogado ratificó los términos de su demanda de acción de libertad y amplió señalando que: a) Está privado de su libertad de locomoción en forma injusta y está procesado indebidamente; b) Que las autoridades demandadas no interpretaron las normas penales al considerar su solicitud de cesación a su detención preventiva y la restitución de su libertad de locomoción, y; c) Según el certificado de permanencia de la “penitenciaria distrital” de La Paz, acreditó su ingreso el 20 de agosto de 2008, y hasta la fecha han transcurrido más de tres años, situación que le hace “acreedor de la extinción de la acción penal conforme el art. 293 del CPP, pidiendo la sanción de declarar procedente la acción de libertad” porque no se demostró en sentencia ejecutoriada la culpabilidad de los ilícitos de tentativa de homicidio y violación.