Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2012
Fecha: 13-Ago-2012
II.2.
II.2. A través de la Resolución del Consejo de Administración 05/2010 de 18 del mismo mes y año, se tiene que en sesión ordinaria, se puso en conocimiento del Pleno del Consejo de Administración, el Informe legal 01/2010, en relación a la inasistencia del accionante a las sesiones del Consejo, habiendo incurrido en la prohibición señalada en el art. 58 inc. a) del Estatuto en vigencia, por lo que por unanimidad se determinó la remoción del accionante (fs. 5 a 6).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- I
- III.2. Necesidad de modular los efectos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional respecto al caso analizado
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1º REVOCAR
- 2º