Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2012
Fecha: 13-Ago-2012
II.3.
II.3. Por Resolución del Consejo de Administración 06/2010 de 21 de enero, se establece que el 18 del mismo mes y año, se pronunció la Resolución 05/2010, emanada del Consejo de Administración, existiendo un error de redacción en la misma habiéndose transcrito la palabra remoción cuando lo que se pretendía colocar era la palabra suspensión, resolviéndose enmendar el error de redacción, en razón de ser la determinación del Consejo de Administración la de suspender al Consejero accionante, haciéndole conocer la referida modificación, mediante Nota CONSJ. ADM. 020/2010 de 25 de enero, (fs. 7 y 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- I
- III.2. Necesidad de modular los efectos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional respecto al caso analizado
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1º REVOCAR
- 2º