SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0803/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0803/2012

Fecha: 20-Ago-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alegó, la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica”, a la legalidad, al debido proceso, a la defensa, a la justicia plural, por cuanto el Auto Supremo 431, emitida por los demandados, que declararon no ha lugar a la extinción de la acción penal, planteada por el accionante, con una fundamentación incongruente, porque no se demostró que la demora judicial en su tramitación procesal penal es atribuible al Ministerio Público, Órgano Judicial, parte querellante o acusador particular. Por consiguiente, corresponde analizar, en revisión, si en el caso presente se debe conceder o denegar la tutela que brinda la acción de amparo constitucional.