SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2012

Fecha: 20-Ago-2012

1)

El representante de la Alcaldesa del municipio de Cercado presentó informe escrito, manifestando lo siguiente: 1) El trámite de exención al que se hace referencia no ha concluido y el accionante tiene que subsanar las observaciones efectuadas por la Dirección Municipal de Recaudaciones; 2) Por otro lado, el accionante no ha cumplido con lo dispuesto en el art. 129.I de la Constitución Política del Estado (CPE); es decir, que no ha concluido el trámite administrativo con todos los medios y recursos legales que la ley y las normas aplicables establecen; por tanto, no procede conceder la tutela solicitada; y, 3) Finalmente, el memorial adolece de insuficiencia de legitimación pasiva; toda vez que, la acción debió ser presentada también contra el Concejo Municipal de Cercado.