Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0816/2012
Fecha: 20-Ago-2012
denegó
Mediante Resolución 019/2012 de 19 de junio, cursante de fs. 30 a 31, el Juez Primero de Sentencia Penal, en suplencia de su similar Quinto, ambos del departamento de La Paz, denegó la tutela incoada; con el fundamento de que en el caso, no existe la orden de expedirse mandamiento de aprehensión ni se ha demostrado que existió tal orden, que tienda a suprimir o amenace la libertad de locomoción de los dos accionantes y el procedimiento impreso por el Tribunal compuesto por Jueces Técnicos y Ciudadanos a momento de resolver la recusación planteada, por lo que no se hace viable considerar la presente acción, por no hallarse dentro de los alcances que protege la acción de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- dos supuestos, el primero referido al hostigamiento sin motivo legal, ni orden de privación de libertad física y/o de locomoción emitida por autoridad competente; y el segundo relativo a las órdenes de restricción de libertad al margen de los casos previstos por ley y sin cumplir con los requisitos y formalidades legales exigidas.
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14