Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0862/2012
Fecha: 20-Ago-2012
a)
Solicita se declare procedente su recurso de acción de cumplimiento y, asimismo: a) Se restituyan sus derechos conculcados; b) Se disponga que la Directora de DIRCABI, cumpla el despacho instruido emitido por el Tribunal Segundo de Sentencia de Villa Tunari, remitiendo la orden de devolución de dineros de forma inmediata; y, c) Se determine responsabilidad civil y penal.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las funcionarias demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de cumplimiento su naturaleza jurídica
- III.2. Reiteración de jurisprudencia: la acción de cumplimiento no procede para el cumplimiento de resoluciones judiciales
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR