Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0924/2012
Fecha: 22-Ago-2012
II.1.
II.1. Por RA 422/09 de 13 de agosto, emitida por Edgar Alarcón Laura, Responsable de Unidad Jurídica y Juan Gualberto Sejas Flores, Director General, de Cooperativas Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, se otorga el reconocimiento legal del accionante como miembros del Consejo de Administración, dicha Resolución fue revocada por RA 514/09 de 18 de septiembre, emitida por Patricia Conde, Responsable de Unidad Legal y Juan Gualberto Sejas Flores, Director General ambos de la Dirección General de Cooperativas Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, (fs. 26 a 27 y 71 y 72).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.3. Informe del tercero interesado
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Requisitos de admisibilidad
- III.2. Legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- legitimación pasiva es la 'calidad que se adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción' ”
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR