SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0927/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0927/2012

Fecha: 22-Ago-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del servicio de patrullaje realizado el 4 de junio de 2012, por Kevin Arias Portanda, su representado fue aprehendido por particulares y luego remitido por el Ministerio Público ante la Jueza Primera de Instrucción en lo Penal, disponiendo dicha autoridad, su detención preventiva en el Centro de Infractores “ACONLEY”; no obstante, la duda que existía sobre su minoridad, debiendo presumirse la misma en tanto no se pruebe lo contrario mediante documento público u otros medios previa orden judicial.

La Fiscal de Materia demandada, en conocimiento de la aprehensión del menor infractor permitió que continué privado de libertad, pese a que se trataba de un menor inimputable ya que en su declaración mencionó que había nacido el 2 de agosto de 1996, y al existir duda sobre la edad del declarante, era de aplicación la presunción de minoridad; aspecto que no fue observado por dicha autoridad quien contravino lo dispuesto por el art. 5 del Código Penal (CP).

Por otro lado, debió remitirse al detenido a la jurisdicción especial; es decir, ante el Juez de la Niñez y Adolescencia, quien es la única autoridad competente para conocer infracciones en conductas tipificadas como delitos en los que incurre como autor o partícipe un adolescente y disponer las medidas cautelares mediante resolución judicial; empero, en el caso, la Jueza ahora demandada, no obstante de que se le advirtió de la minoridad del aprehendido, sin que tenga competencia dispuso su detención preventiva, lesionando de esa manera el derecho a la libertad de su representado.