Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0935/2012
Fecha: 22-Ago-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la “seguridad jurídica” al trabajo, a la petición, a la defensa y a ejercer la función pública, por cuanto los demandados, Ministros de la entonces Corte Suprema de Justicia, a través de memorando de 4 de enero de 2010, sin tener atribución ni competencia dispusieron el cese de sus funciones en la institución; y no dieron respuesta oportuna, a la reconsideración del caso. En consecuencia, corresponde verificar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales o garantías constitucionales del accionante, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Ámbito de protección de la acción de amparo constitucional
- III.2. La función judicial con relación a las funcionarias y funcionarios públicos
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR