Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0941/2012
Fecha: 22-Ago-2012
II.2.
II.2. Por contrato de alquiler de 22 de agosto de 2009, suscrito por Ángel Rodriguez Felipes propietario del inmueble y Marcelo Ruiz López como inquilino, en cual se establecen: 1) Plazo de seis meses de duración del alquiler, computable desde la suscripción; 2) El pago del alquiler $us300.- por los primeros tres meses y por los siguientes tres meses $us350.-; 3) El servicio de energía eléctrica sería pagado por el inquilino; y, 4) El inmueble será destinado para negocio y vivienda (fs. 2 a vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y las medidas de hecho
- se interpondrá siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados'
- III.2. El servicio básico de electricidad
- «
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR