SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0941/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0941/2012

Fecha: 22-Ago-2012

III.2.  El servicio básico de electricidad

La SC 1650/2011-R de 21 de octubre, al resepcto refiere: “En este sentido razonó este Tribunal a través de la SC 1898/2010-R de 25 de octubre, señalando que: 'El derecho de acceso al agua, alcantarillado y electricidad es uno de los derechos humanos inherentes a toda persona por el solo hecho de existir, reconocido por el art. 20. I y III de la CPE; por tanto, de rango constitucional, al estar previsto en el catálogo de derechos fundamentales; y que establece que toda persona tiene acceso universal y equitativo a los servicios básicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario, postal y telecomunicaciones, por lo que el corte arbitrario de los servicios constituye una violación a esos derechos fundamentales.