Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0945/2012
Fecha: 22-Ago-2012
II.6.
II.6. Por nota de 17 de junio de 2010, dirigida al Comandante a.i. de la Policía Provincial Amazónica, el accionante refirió que el cuenta con la categoría de conductor profesional con “licencia definitiva” y al no ser un postulante a la misma solicitó se le otorgue la licencia de conducir indefinida, pidiendo se le señale previamente a que profesional médico debía acudir a fin de que le practiquen la valoración correspondiente; alegando además, que ya trascurrieron más de cuarenta cinco días desde que se expidió el informe jurídico 174/2010, señalando que internamente la institución policial coordinará para hacer viable su solicitud (fs. 7).
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concediendo
- Fragmento 7
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La ingeniería dogmática de la acción de cumplimiento a la luz del orden constitucional
- III.2.Naturaleza procesal de la acción de cumplimiento
- c) Cuando el supuesto incumplimiento genere conflictos o controversias que puedan ser resueltos en la jurisdicción ordinaria o administrativa.
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR