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    AUTO CONSTITUCIONAL 0146/2012-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0146/2012-RCA

    Fecha: 10-Sep-2012

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    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • disponiendo la notificación por cédula que extrañamente llegó a la misma dirección
    • los oficiales de diligencia tienen la obligación de notificar, citar y emplazar a las partes con decretos, resoluciones y mandamientos que expidan las cortes o jueces.
    • los jueces tienen el deber de corregir los defectos y salvar las omisiones que fueren advertidos
    • Fragmento 5
    • b)
    • c)
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Fragmento 9
    • II.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • II.3.  De los requisitos de procedencia y admisibilidad de la acción de amparo constitucional
    • una vez verificada la concurrencia de las causales de improcedencia señaladas en los arts. 74 y 77 de la LTCP
    • evitar el inicio de un procedimiento que carezca de los elementos básicos
    • , a los requisitos de admisión
    • Juzgado Séptimo de Instrucción en lo Civil  de la ciudad de La Paz, emitió la Resolución 306/2011 de 18 de junio de 2011
    • Resolución 744/2011 de 24 de diciembre
    • Fijar con precisión la tutela que se solicita para restablecer el derecho o la garantía amenazados o vulnerados

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