AUTO CONSTITUCIONAL 0758/2012-CA
Fecha: 14-Sep-2012
consulta
En consulta la Resolución de 19 de octubre de 2009, cursante de fs. 44 a 46, pronunciada por el Director General de Sustancias Controladas del Viceministerio de Defensa Social, por la que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad actual -acción de inconstitucionalidad concreta-, interpuesto por Jorge Challco Yujra, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Charazani de la provincia Bautista Saavedra del departamento de La Paz, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 4, 16, 17, 29 y 46 inc. d) del Reglamento de Operaciones con Sustancias Controladas y Precursores de Uso Industrial aprobado por Decreto Supremo (DS) 25846 de 14 de julio de 2009, por presuntamente infringir los arts. 13. I, III y IV, 20, 270 y 313. 3 y 4 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.4. Requisitos de admisibilidad
- La omisión de estos requisitos ocasiona en primer término, el rechazo del recurso por la autoridad que conoce la causa principal
- II.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 10
- APROBAR