AUTO CONSTITUCIONAL 0758/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0758/2012-CA

Fecha: 14-Sep-2012

Fragmento 10

De esa manera, incumplió manifiestamente lo determinado por el art. 60 numeral 3 de la LTC, que establece los requisitos de contenido, dado que el recurrente no estableció duda razonable y fundada respecto a la inconstitucionalidad demandada, al no explicar los motivos por los que considera que las disposiciones cuestionadas contradicen el texto constitucional, constituyéndose éste como un elemento esencial para la admisión del recurso, siendo que la omisión de esta exigencia ocasiona en primer término el rechazo del recurso indirecto de inconstitucionalidad.