a)
En el presente caso, la accionante representando a su hijo menor de edad denuncia como lesionados sus derechos a la libertad, dignidad y derechos de la niñez, adolescencia y juventud; toda vez, que: a) El Fiscal de Materia, David Andrade Guerra, en desconocimiento del procedimiento de menores de edad y omitiendo la participación del Juez de la Niñez y Adolescencia, expidió mandamiento de aprehensión contra su hijo; y, b) A pesar de haber solicitó al Juez de Partido Mixto y de Sentencia la modificación y/o cesación de la detención preventiva, que por diversas causas la audiencia se celebró recién el 6 de julio del presente año -después de cincuenta y nueve días de su detención- se negó la misma, bajo el argumento presentado por el Fiscal de Materia, señalando que el computo de cuarenta y cinco días de la detención preventiva de los menores se compatibiliza a partir de la acusación, en franco desconocimiento del art. 233 del CNNA.
- Departamento: Potosí
- I. Fundamentos de la 1309/2012respecto a las actuaciones del Fiscal de materia demandado
- Fragmento 3
- II.1. Deber y obligación del Ministerio Público de remitir ante el Juez de la Niñez y Adolescencia los casos que involucren a menores de edad
- II.2.
- a)
- II.3.1. Respecto a las actuaciones del Fiscal demandado
- II.3.2. Respecto a las actuaciones del Juez demandado
