II.2.
Cuando se producen hechos y actos delictivos, donde intervienen mayores de edad y menores de edad el art. 224 del CNNA refiere que: “Cuando en la comisión de un mismo delito intervengan uno o más adolescentes con uno o varios adultos, los antecedentes en cuanto a los adultos se remitirán al Ministerio Público para la acción penal correspondiente.
Así, el art 224 del CNNA al referirse a la participación de: ADULTOS Y MENORES EN LA COMISION DE HECHOS DELICTIVOS señala que estos se tramitaran de manera separada y/o en dos instancias: Una que corresponda a la jurisdicción y competencia en el caso de menores al Juez de la Niñez y Adolescencia, a objeto de que aplique las medidas socio-educativas de acuerdo al art. 237 del CNNA y la otra que corresponde a la jurisdicción y competencia de adultos, Juez cautelar, a objeto que este aplique las medidas cautelares de acuerdo al art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP).
Así también lo entendió, este Tribunal Constitucional Plurinacional en la SCP 0546/2012 de 9 de julio, estableciendo que: “Las acciones y omisiones en las que incurrieron las autoridades demandadas, vulneran no sólo el derecho de libertad de la menor representada por los accionantes, sino también la garantía del debido proceso, por lo que corresponde otorgar la tutela solicitada. Todo al amparo de lo dispuesto por el art. 102 del CNNA (LIBERTAD DE LOCOMOCIÓN), el cual establece que: 'Ningún niño niña o adolescente será internado, detenido, ni citado de comparendo, sin que la medida sea dispuesta por el Juez de la Niñez y Adolescencia, de acuerdo con lo dispuesto por el presente Código', concordante con los arts. 221, 222, 224 (PARTICIPACIÓN DE ADULTOS) del mismo cuerpo legal. Cuando en la comisión de un mismo delito intervengan uno o más adolescentes con uno o varios adultos, los antecedentes en cuanto a los adultos se remitirán al Ministerio Público para la acción penal correspondiente.
- Departamento: Potosí
- I. Fundamentos de la 1309/2012respecto a las actuaciones del Fiscal de materia demandado
- Fragmento 3
- II.1. Deber y obligación del Ministerio Público de remitir ante el Juez de la Niñez y Adolescencia los casos que involucren a menores de edad
- II.2.
- a)
- II.3.1. Respecto a las actuaciones del Fiscal demandado
- II.3.2. Respecto a las actuaciones del Juez demandado
