Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0990/2012
Fecha: 05-Sep-2012
II.7.
II.7. El 17 de febrero de 2012, Guido Sánchez Rojas Director Técnico del Sedes Cochabamba pronunció la RA 01/12, que resolvió el recurso jerárquico interpuesto por el accionante, confirmando las Resoluciones Administrativas 06/11 de 1 de agosto de 2011 y 13/11 de 2011 emitidos por el Responsable de Servicios Médicos contra la Óptica Salamanca de propiedad del ahora codemandado (fs. 71 a 75).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegando
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- Fragmento 11
- II.2. La garantía del debido proceso
- III.3. En cuanto al derecho al trabajo
- III.4. Sobre el derecho de petición
- las sucesivas etapas de iniciación, tramitación y terminación previstas en este Capítulo y respecto de ellos el procedimiento sancionador contenido en esta Ley,
- APROBAR