Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0992/2012
Fecha: 05-Sep-2012
II.6.
II.6. El 3 de mayo de 2012, Fran Danny Flores Tejada mediante memorial dirigido al Juez demandado pidió la cesación de su detención preventiva (fs. 26 y vta.), autoridad que por decreto de 4 de ese mes y año señaló audiencia pública de cesación de detención preventiva para el 21 del mismo mes y año (fs. 27), la cual fue suspendida por encontrarse el Juez hoy demandado “de turno en vacación judicial” y por la recarga procesal (fs. 40).
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- pronta, oportuna
- tratándose de señalamientos de día y hora de audiencia para considerar este beneficio, debe ser conceptuada como un término brevísimo, de tres días hábiles como máximo, pues el imputado s
- III.4. Análisis del caso concreto
- sin tomar en cuenta que ese acto procesal no podía ser suspendido por ningún motivo
- APROBAR