Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0992/2012
Fecha: 05-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia que su representado solicitó en distintas oportunidades al Juez hoy demandado la cesación de su detención preventiva, pero dicha autoridad, señaló al efecto distintas audiencias para la consideración de su solicitud pero en fechas distantes a las mismas, siendo además que todas las audiencias para considerar su solicitud de cesación fueron suspendidas sin justificación, lesionando con ello los derechos de su representado a la libertad, al debido proceso y a la defensa. Por consiguiente, corresponde en revisión, determinar si se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- pronta, oportuna
- tratándose de señalamientos de día y hora de audiencia para considerar este beneficio, debe ser conceptuada como un término brevísimo, de tres días hábiles como máximo, pues el imputado s
- III.4. Análisis del caso concreto
- sin tomar en cuenta que ese acto procesal no podía ser suspendido por ningún motivo
- APROBAR