SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1000/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1000/2012

Fecha: 05-Sep-2012

deniega

Mediante Resolución 08/2012 de 3 de julio, cursante de fs. 43 vta., a 45 vta., la Jueza Primera de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, deniega la tutela; en base a los siguientes argumentos: a) El accionante pudo haber acudido ante el juez cautelar para hacer valer sus derechos y observar las situaciones que ahora alega, con relación a la supuesta persecución indebida e ilegal, así también pudo interponer los incidentes establecidos en la ley, dado que como refiere la jurisprudencia constitucional, solo es posible acudir a la acción de libertad, cuando no existen medios ordinarios inmediatos, eficaces y oportunos para el resguardo del derecho a la libertad, lo que no acontece en el caso de autos; y, b) Al haber existido una audiencia cautelar, el Fiscal ha cumplido con los preceptos establecidos en los arts. 289, 301 y 302 del Código de Procedimiento Penal (CPP), razón por la cual, al haber conocido el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal, valoro los argumentos del Ministerio Público, motivo por el que aplicó medidas cautelares de detención preventiva, resolución que podía haber sido apelada en su oportunidad conforme establece el art. 251 del CPP.