SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1035/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1035/2012

Fecha: 05-Sep-2012

I.2.2. Informe de la autoridad demandada

Juan Pablo Yucra Gamboa, Germán Espada Saavedra e Ybeliz Choque Zambrana, en representación del demandado, a través del informe presentado el 6 de septiembre de 2010 cursante de fs. 85 a 87, manifestaron que la demandada interpuso recurso de revocatoria contra el memorándum de agradecimiento de servicios A-135/2010, recurso que se encuentra en proceso de sustanciación y que el mismo se encontraría dentro del plazo previsto por ley para ser resuelto, evidenciándose que la accionante se habría acogido a la ley que regula el procedimiento administrativo y que al no figurar en los registros de afiliados a la “Base de Personas con Discapacidad y Familiares de los Trabajadores de la Prefectura de Chuquisaca” (sic), la autoridad ahora demandada desconocía que la ahora accionante tenía una hija con capacidades diferentes. Por las razones expuestas solicita denegar la acción de amparo constitucional.