SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1062/2012
Fecha: 05-Sep-2012
II.6.
II.6. Acta de denuncia presentada a la FELCC por Sho Haw Chou, el 26 de julio de 2010, por los delitos de allanamiento de domicilio, amenazas y daño simple contra los autores, en el cual refiere que, el 25 de julio de ese año, aproximadamente veinticinco personas armadas de machetes y armas contundentes irrumpieron su propiedad ubicada entre el octavo y noveno anillo de la zona Norte, destrozando la malla olímpica, de la misma manera cursa el informe de Delfín Paco Machaca, investigador asignado al caso, quien indicó que, se constituyó al lugar de los hechos el mismo día de la denuncia, al promediar las 17:15 horas, constatando que existían aproximadamente treinta y cinco familias que estaban armando carpas para asentarse en el predio, alegando que Adolfo José Pozzi Paredes les ofreció los lotes y que Juan Hebert Pórcel es la persona que los había transferido (fs. 164 a 165).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del derecho de propiedad
- ejercer otras acciones en defensa de su propiedad
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso concreto