Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1069/2012
Fecha: 05-Sep-2012
II.18.
II.18. Mediante informe CITE/WAC/SHCM/002/2010 de 2 de julio, emitido por David Romer Fernández Vila, Administrativo de Secretaría del Concejo Municipal de El Alto, dirigido a Wálter Benjamín Alborta Calderón, Concejal Secretario, refiere que revisada la documentación de la anterior gestión, se verificó la no existencia de ningún tipo de informes, realizados por la accionante (fs. 64).
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- i)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.9.
- II.11.
- II.13.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.19.
- II.20.
- II.22.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 21
- III.2. De la protección a la maternidad en el caso de la mujer trabajadora
- III.3. Sobre los derechos a la vida, a la salud, al trabajo, a la maternidad y a la inamovilidad funcionaria de la mujer trabajadora
- III.3.1. El derecho a la vida
- III.3.2. El derecho a la salud
- III.3.3. El derecho al trabajo
- Fragmento 27
- III.3.4. El derecho a la seguridad social
- Fragmento 29
- Fragmento 30
- III.4. Sobre el derecho a la maternidad y la inamovilidad funcionaria de la mujer embarazada o aquellas que tengan un hijo o hija menor de un año
- III.5. Análisis del caso concreto
- concedido
- APROBAR