Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1077/2012
Fecha: 05-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración del derecho a la libertad física de su representado, relacionado con los principios de celeridad y seguridad jurídica, debido a que su solicitud para la celebración de la audiencia de cesación de detención, fue señalada incumpliendo el plazo establecido por la jurisprudencia constitucional, incurriendo por tanto la Jueza demandada en una innecesaria dilación del proceso.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- “otorgó”
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- ante la existencia de medios de impugnación específicos e idóneos para restituir de manera inmediata los derechos objeto de su protección
- La potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de
- y a una justicia
- III.2.1. Jurisprudencia
- Lo anterior, constituye una modulación de la sub regla establecida en el inc. b) del Fundamento Jurídico III.3 de la SC 0078/2010-R de 3 de mayo, en cuanto al plazo para fijar audiencia, el que queda determinado en según lo señalado supra; vale decir, tres días hábiles.
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR