SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1097/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1097/2012

Fecha: 05-Sep-2012

de continuidad y estabilidad laboral

         Por su parte, el art. 48.II de la CPE, señala: “Las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y de los trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad; de primacía de la relación laboral; de continuidad y estabilidad laboral; de no discriminación y de inversión de la prueba a favor de la trabajadora y del trabajador” (las negrillas son nuestras).