SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1097/2012
Fecha: 05-Sep-2012
Fragmento 11
En ese sentido, la referida Sentencia Constitucional Plurinacional justifica la prescindencia del principio de subsidiariedad determinando lo siguiente: “…que si bien la acción de amparo constitucional tiene carácter subsidiario; empero, en el caso especifico en que se advierte un retiro intempestivo sin causa legal justificada de una trabajadora o trabajador de su fuente de trabajo, se prescinde de este principio debido al imperativo categórico de la Ley Fundamental, que impone la protección del derecho del trabajo; así como su estabilidad, porque en estos casos no solo se afecta a la persona individual sino a todo el grupo familiar que depende de una trabajadora o trabajador, puesto que el trabajo está vinculado a la subsistencia y a la vida misma de una persona; de ahí que se enfatiza la connotación social que tiene el elemental derecho al trabajo”.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de la jurisprudencia constitucional relativa a la conminatoria para la reincorporación de las y los trabajadores
- La primera entendida como el derecho del trabajador a reincorporarse a su fuente de trabajo cuando éste fue objeto de un despido intempestivo y sin una causa legal justificada
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- de continuidad y estabilidad laboral
- principio protector
- APROBAR