SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1128/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1128/2012

Fecha: 06-Sep-2012

I.2.2. Informe de las personas demandadas

Los demandados, mediante memorial de 21 de septiembre de 2010 que cursa a fs. 88 y vta. de obrados, contestaron a la acción de amparo constitucional, señalando que el accionante previamente debió haber acudido a la policía y Fiscalía en la localidad de Warnes o al Juez de sentencia, por la comisión del delito de despojo y no directamente a la acción de amparo constitucional, en virtud al principio de subsidiariedad.

Asimismo, indicaron que son personas humildes, que no tendrían ningún bien inmueble a su nombre y desean pagar al propietario, para lo cual piden un plazo prudencial, además señalan que fueron engañados por loteadores quienes les dijeron que eran los únicos propietarios, razón por la cual la ley tiene que ampararles facilitando la adquisición de esa propiedad.