SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1190/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1190/2012

Fecha: 06-Sep-2012

concedió

La Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 80 de 11 de agosto de 2010, cursante de fs. 54 a 57, concedió la tutela solicitada, disponiendo la inmediata desocupación del terreno ocupado arbitrariamente por los demandados y otras personas que se encuentren en el mismo, debiendo librarse al efecto mandamiento de desapoderamiento; bajo el fundamento siguiente: a) Por el título que poseía el accionante, se demostró su derecho propietario y posesorio conforme lo establece el Código Civil (CC), mismo que no estuvo cuestionado; b) La “demandada” no acreditó que haya ingresado al lote aludido hace diez años atrás; por el contario, se evidenció el avasallamiento perpetrado por los demandados en compañía de otras personas; y, c) El Estado tiene el deber de proteger, promover y respetar el derecho a la propiedad, por ello que los actos arbitrarios de ingreso a propiedades privadas con el pretexto de necesidad de tener vivienda, no están garantizados por la Constitución Política del Estado, sólo se adquiere este derecho a través de vías ordinarias y legales, de manera pacífica y no mediante la arbitrariedad o el avasallamiento.