SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1190/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1190/2012

Fecha: 06-Sep-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El accionante alega que, es propietario del lote de terreno signado con el número 8, manzana 6, Unidad Vecinal (UV) 200 de la urbanización “El Dorado”, ubicada en la zona noreste de Santa Cruz de la Sierra, provincia Andrés Ibáñez del departamento de Santa Cruz, registrado en Derechos Reales (DD.RR.) bajo la matricula 7.01.1.06.0041805, que tiene una superficie de 366 m2. No obstante, este su derecho propietario, sucede que, el 14 de mayo de 2010, un grupo de “loteadores” encabezados por Raquel Mejía, Hilda Porras de Ortega, Juan Carlos Ortega y Eloy “NN” -ahora demandados-, en compañía de otras personas, armados de palas, machetes y “pausas”, irrumpieron violentamente ingresando  de manera arbitraria a su lote de terreno referido, destrozando el alambrado, desmantelando su cuarto de madera, amenazándole de muerte y expulsándolo a empujones de su predio.

Posteriormente, el 15 y 16 de mayo de 2010, los demandados con la colaboración de otras personas, levantaron una pared de aproximadamente 2 m de altura en el lado frontal de su lote de terreno, construcción que hicieron rápidamente, al extremo, que vaciaron “concreto” con estructura de hierro, sosteniendo la mencionada pared sobre cimiento fresco y para evitar se desplome, sujetaron con tablas y postes; asimismo, construyeron en el interior de su terreno una “choza” precaria.

Hecho violento que denunció el 17 de mayo de 2010, ante la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) del Distrito Policial 7 de la “Pampa de la Isla”, a objeto de que se investigue el mismo; constituido en el lugar de los hechos (predio del accionante) el investigador asignado al caso, constató la existencia de alambrado cortado y encontró en flagrancia a personas que construían una precaria “choza” y pared de ladrillo, extremos que se evidencian de las placas fotográficas tomadas por el mencionado investigador.