SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1223/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1223/2012

Fecha: 06-Sep-2012

en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional

Al respecto la jurisprudencia de este Tribunal estableció que: ”…aplicando las normas legales relativas a la estabilidad laboral descritas, se debe considerar los siguientes supuestos: 1) En caso de que una trabajadora o un trabajador, ante un eventual retiro intempestivo sin causa legal justificada opte por su reincorporación, deberá denunciar este hecho ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo; entidades que deberán asumir el trámite previsto por el DS 0495, emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos por las razones antes expuestas”  (SCP 0470/2012 de 4 de julio) (las negrillas nos corresponden).