SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1223/2012
Fecha: 06-Sep-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Manifiesta que en su condición de auditora ingresó a trabajar en EMSA, mediante contrato a plazo fijo que fue renovado en enero de 2011, siendo promovida posteriormente por el entonces Gerente General, David Rocha Anna al cargo de Gerente Administrativa y Financiera de EMSA, mediante memorándum de 1 de agosto de 2011. Pero al producirse el cambio del Gerente General de dicha empresa, asumió en forma interina Alberto Narváez Acuña quien mediante memorándum de 2 de septiembre del indicado año, de forma sorpresiva y sin justificación alguna decidió despedirla, por tal razón, acudió a la Dirección Departamental del Trabajo denunciando su despido.
Posteriormente, la Dirección Departamental del Trabajo emitió la conminatoria 036/2011 de 10 de octubre, conminando al Gerente General a.i. -ahora demandado- a que proceda con la reincorporación inmediata de la accionante al cargo de Gerente Administrativa y Financiera, más al pago de sus salarios devengados y demás derechos sociales y laborales, Resolución de la cual la parte demandada solicitó aclaración y complementación mediante memorial de 17 de octubre de 2011, misma que fue rechazada por el Jefe Departamental del Trabajo.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2.
- Fragmento 11
- III.3.
- III.4. Sobre las reformas legales en materia laboral
- en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional
- III.5. Análisis de caso concreto
- APROBAR