Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1223/2012
Fecha: 06-Sep-2012
II.1.
II.1. Por contrato de trabajo a plazo fijo 171/2010 de 6 de octubre, suscrito por el Gerente General de EMSA, la accionante ingresó a trabajar a dicha Empresa en el cargo de auditora interna hasta el 31 de diciembre de 2010 (fs. 2 a 3). Siendo recontratada el 21 de enero de 2011, mediante contrato a plazo fijo 33/”2010”, en el mismo cargo hasta el 31 de diciembre de 2011 (fs. 6 a 7).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2.
- Fragmento 11
- III.3.
- III.4. Sobre las reformas legales en materia laboral
- en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional
- III.5. Análisis de caso concreto
- APROBAR