SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1227/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1227/2012

Fecha: 07-Sep-2012

17 de marzo de 2010

Por auto de 17 de marzo de 2010 cursante a fs. 248, la Jueza de Partido y Sentencia de Caranavi, se inhibe de conocer el proceso señalando que la circular 17/2000 emitida por la entonces Corte Superior de Distrito Judicial de La Paz, establece que “todos los procesos de fundos rústicos aún en delitos de Despojo, Usucapión y Mejor Derecho Propietario son de competencia de los juzgados agrarios” (sic).