SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1229/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1229/2012

Fecha: 07-Sep-2012

a)

Los accionantes ratificaron los términos de la acción de libertad y añadiendo señalaron: a) La aprehensión se suscitó en el trabajo de su representado, donde fue enmanillado por funcionarios policiales sin entregarle ningún mandamiento y sin que el Ministerio Público haya dispuesto su concurrencia previa citación, requisito inexcusable para que pueda aplicarse el art. 226 del CPP; b) El caso fue conocido por el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal del departamento de Cochabamba, que se encuentra de vacaciones; c) Concurre actividad procesal defectuosa; por cuanto, después de haber sido aprehendido su defendido es que recién se le citó para que preste su declaración; y, d) El 3 de agosto de 2012, se emitió la orden de aprehensión, acto ilegal ejecutado el 7 del mismo mes y año.