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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1296/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1296/2012

    Fecha: 19-Sep-2012

    II.4.

    II.4.  Cursa la RA 008/2010 de 24 de febrero, emitida por el Jefe Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Oruro, disponiendo confirmar la RA 004/2010 de 28 de enero, por haberse probado que hubo despido injustificado; Resolución que emergió en virtud del recurso de revocatoria interpuesto por la COTEOR Ltda. (fs. 11  y vta).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • i)
    • improcedente”
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2. Marco constitucional y normativo sobre la estabilidad laboral
    • (…) Sobre el DS 28699 de 1 de mayo de 2006 y su ulterior modificación por el DS 0495 de 1 de mayo de 2010
    • (…) El carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional tiene su excepción, en razón a la necesidad de protección inmediata que requieren algunos derechos constitucionales
    • la conminatoria dispuesta por el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, en los alcances del DS 0495, no constituye una resolución que defina la situación laboral de la trabajadora o el trabajador, por cuanto el empleador puede impugnar ésta determinación en la justicia ordinaria, conforme previene el referido Decreto Supremo
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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